El Consejo de Ministros aprobó un paquete de reformas legales que modificarán de manera sustancial la legislación de tráfico y circulación. El objetivo es crear un nuevo concepto y modelo de seguridad vial, en concordancia con la Unión Europea y la OMS. Se busca reducir al 50% el número de víctimas y fallecidos por accidente de tráfico. Las nuevas medidas son una reforma del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y constituyen todo un nuevo marco legal.

La DGT recoge en su revista los siguientes cambios tan sustanciales:

  1. Regulación de los patinetes

Deberán en todo momento circular por carretera, quedando totalmente prohibido su uso en aceras y zonas peatonales, a su vez, en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos. Los usuarios de patinetes deberán tener un certificado para poder circular, acreditando los requisitos técnicos contemplados en el manual que se aprobará en la resolución del Director General de Tráfico. Los usuarios podrán ser sometidos en todo momento a las pruebas de alcoholemia y, bajo ningún concepto se podrá usar auriculares.

  1. Adelantamientos

Queda totalmente prohibido rebasar la velocidad estipulada en 20 km/h para realizar un adelantamiento en carreteras convencionales.

  1. Uso del cinturón de seguridad

Los puntos retirados por no utilizar el cinturón de seguridad o, un mal uso de los elementos de protección como el casco o los sistemas de retención infantil, se verán elevados de tres a cuatro. A su vez, será sancionado con una multa de cuantía elevada. Las modificaciones relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos entraron en vigor el 2 de enero de 2021.

  1. Limitación de velocidad de circulación en ciudad

En las vías de único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h. En cambio, en las de 2 o más carriles por sentido, el límite seguirá siendo de 50 km/h. Nunca se podrá rebasar los 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.

  1. Uso del móvil al volante

Cuando esto ocurra, la retirada de puntos será de 6, en vez de 3. La DGT advierte que se presentará una multa en el caso de que el conductor lleve el móvil en la mano esté haciendo o no uso de él.

  1. Examen de conducir

La normativa recoge como infracción muy grave el examinarse del carné de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizada. La sanción será de 500 euros, con una penalización de 6 meses sin volver a poder presentarse a examen.

  1. Recuperación de puntos

Se introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné con la realización de los cursos de conducción segura por la DGT. Además, se unifica en 2 años el tiempo requerido sin infracciones para volver a recuperar los puntos iniciales. Esto variará en función de la gravedad de la infracción.

  1. Radares

La DGT sancionará el hecho de llevar en el vehículo sistemas de detección de radares, aunque estén desactivados, multada con 500 euros y pérdida de 3 puntos. Anteriormente, solo se sancionaba si se llevaba activado durante la conducción.

 

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