Desde el 11 de mayo están implantados en España los nuevos límites de velocidad de circulación en ciudades y poblados.

Este cambio limita de forma genérica la circulación a 30 km, 20 km o 50 km por hora según el tipo de vía. Un cambio que lleva siendo estudiado por Tráfico durante varios años. De hecho, algunas capitales españolas implantaron el límite de 30 km/h hace un tiempo.

Según viene recogido en la modificación de Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, se establece que los nuevos limites de velocidad en carreteras urbanas son los siguientes:

  • De 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

Aunque hay algunos carriles, los que están reservados para determinados vehículos o usuarios, como por ejemplo los de uso exclusivo para transporte público, que no se contabilizan.

Sin embargo, la autoridad municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido, hasta una velocidad de 50km/h. También podrán reducir la velocidad si así lo consideran.

Para el límite de velocidad genérico en las travesías no hay cambios, su límite genérico se sigue manteniendo a 50 km/h. También, en lo que respecta a autovías o autopistas urbanas, el limite se sigue manteniendo a 80 km/h, aunque puede ser ampliado por ayuntamiento o gobiernos autonómicos, pero nunca puede exceder los 120 km/h.

Tráfico ha dado un margen de seis meses desde su publicación para que se puedan apartar las señalizaciones. Sin embargo, desde el 11 de mayo se deben cumplir las nuevas limitaciones de velocidad o supondrá una multa. Las infracciones por exceder la velocidad pueden ser graves o muy graves llegando a restar entre dos o seis puntos en algunos casos. Las sanciones, suele oscilar entre los 100 y 600 euros, la mitad con el pronto pago. Por ejemplo, si el límite esta en 30 km/h y la velocidad excedida esta entre 51 km/h o 60 km/H la infracción es grave y la multa serían 300 euros y menos dos puntos. Si el límite está en 20 km/h y usted sobrepasa este limite y esta entre 61 km/h – 70 km/h la infracción sería grave, la multa 500 euros y 6 puntos menos.

Si te encanta conducir y quieres encontrar un coche de ocasión al mejor precio, en MiñaCar podemos ayudarte. ¡Entra en nuestra web o ven a visitarnos!